Fundación 1º de Mayo | 29 de marzo de 2024

IDEAS Y DEBATES: ARTÍCULO DE RAMÓN GÓRRIZ Y JOSÉ BABIANO EN BLOGS.PUBLICO.ES

Más incógnitas que certezas

    El Ministerio de Cultura y Deporte ha creado el Archivo Histórico de los Movimientos Sociales mediante Real Decreto 880/2021. Reunir en un solo archivo de carácter estatal los fondos y colecciones generados por los llamados movimientos sociales no deja de ser una buena idea. Sin embargo, el articulado del Real Decreto arroja más incógnitas que certezas.

    25/11/2021.
    Foto Europa Press

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    El Ministerio de Cultura y Deporte ha creado el Archivo Histórico de los Movimientos Sociales mediante Real Decreto 880/2021. Reunir en un solo archivo de carácter estatal los fondos y colecciones generados por los llamados movimientos sociales no deja de ser una buena idea. Sin embargo, el articulado del Real Decreto arroja más incógnitas que certezas.

    Así, por ejemplo, aunque incluye una definición sumaria, en el preámbulo del articulado no llega a estar bien delimitado qué son los movimientos sociales. Se refiere así a fenómenos que surgieron a partir del antifranquismo. Ignora de ese modo los movimientos sociales contemporáneos hasta la Guerra Civil, como el caso de los movimientos y organizaciones campesinas que estudió Juan Díaz del Moral, entre otros, para el caso andaluz.

    El Real Decreto se refiere asimismo de forma explícita a las organizaciones políticas clandestinas. Sin embargo, la clandestinidad no convierte a un partido político en un movimiento social. Y en todo caso, ¿la documentación de esos partidos, una vez alcanzada la legalidad, irá también a parar al Archivo de los Movimientos Sociales? ¿Y qué decir de los partidos que no han conocido la clandestinidad? ¿Son también movimientos sociales? Para nosotros, partidos –léase también organizaciones políticas- y movimientos sociales son dos sujetos netamente distintos.

    El Real Decreto considera conveniente la creación de este archivo para la historia "política, sindical y social"; pero, entonces, ¿se excluye la historia de las organizaciones patronales? Recuérdese que el Fomento Nacional del Trabajo se remonta al siglo XIX y que conserva archivos propios. ¿Y qué decir de la CEOE? ¿No son las organizaciones patronales movimientos sociales?

    Por otra parte, los objetivos del nuevo archivo, ¿no colisionarán con los de otros archivos estatales ya en funcionamiento? Por ejemplo, ¿cuál será el futuro de los fondos y colecciones de los movimientos sociales de la Guerra Civil y del Franquismo que se conservan en el Centro Documental de la Memoria de Salamanca? ¿Permanecerán allí o viajarán a Alcalá de Henares, localidad que el Real Decreto establece como sede del nuevo archivo?

    El Real Decreto alude asimismo a que "los documentos incautados por la Policía del franquismo […] son testimonios inequívocos de la actividad de las principales organizaciones políticas y sindicales de oposición al franquismo". ¿Se piensa, entonces, reubicar esa documentación incautada en el nuevo archivo? ¿No deberían devolverse a sus legítimos dueños; es decir, las organizaciones antifranquistas?

    Pero más allá de estas incógnitas que se refieren a los fines del Archivo de los Movimientos Sociales, existen también una serie de incertidumbres en lo que respecta a su constitución y funcionamiento. Así, por ejemplo, el patronato definido como órgano de gobierno se encontrará merced de los vaivenes políticos derivados de las mayorías parlamentarias, de manera que su estabilidad puede verse comprometida. Además, extrañamente carecerá de un presupuesto específico. Efectivamente, la disposición adicional primera del Real Decreto establece que "los gastos del archivo correrán a cargo de los créditos presupuestarios del Ministerio de Cultura y Deporte, sin que supongan incremento de gasto".

    No se entiende que el Ministerio de Cultura y Deporte pretenda sufragar los gastos de un nuevo archivo cuando los archivos estatales bajo su gestión se hallan acusadamente infradotados, con escasez de personal, de recursos y a menudo de espacio suficiente en sus depósitos. Todo ello como resultado de la década de austeridad en la Administración General del Estado y de la inveterada escasa atención que los sucesivos gobiernos han venido prestando tradicionalmente a los archivos públicos. Y eso que son pieza clave en las políticas de transparencia y en garantizar el derecho a la información de la ciudadanía.

    En otro sentido, el Real Decreto establece que el nuevo archivo se ubicará en Alcalá de Henares. Ocurre esto, precisamente, cuando el Gobierno ha expresado su voluntad de descentralizar organismos estatales, lo que a su vez ha suscitado una polémica con el Gobierno de la Comunidad de Madrid. Más allá de esta cuestión, la elección de Alcalá de Henares como sede del nuevo archivo obedece a que en dicha ciudad ya existe un edificio que alberga los archivos de las fundaciones socialistas Pablo Iglesias e Indalecio Prieto, además de la documentación de la UGT que custodia la Fundación Largo Caballero. El edificio en cuestión es propiedad de la Universidad de Alcalá de Henares, por lo que un archivo de titularidad estatal se ubicará en un edificio que no lo es. A mayor abundamiento, ese edificio carece de espacios libres disponibles para depositar allí nuevos fondos.

    Dice el Real Decreto que "el Ministerio de Cultura y Deporte tiene la voluntad de colaborar en la recuperación y garantizar la conservación con fines de estudio e investigación de la mayor parte de estos archivos y documentos relativos a los movimientos sociales de todo tipo". Pero, ¿era necesario para esa colaboración decretar la creación de un nuevo archivo con los condicionantes que hemos comentado? Entre los movimientos sociales a los que se refiere el Real Decreto existen organizaciones que poseen el carácter de "más representativa", según la legislación, ¿por qué se ha prescindido de ellas para articular una solución?

    Estas objeciones las conocía de antemano el Ministerio de Cultura y Deporte de manos de la Fundación 1º de Mayo y de un conjunto de profesionales de los archivos de la Función Pública, pero ha hecho caso omiso.

     

    * Artículo publicado en blogs.publico.es con fecha 24 de noviembre de 2021

     

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